domingo 06 octubre 2024
Obligatoriedad de presentar el Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual

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Obligatoriedad de presentar el Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual

20/07/2016

PRENSA FFCV: El pasado día 1 de marzo entró en vigor el Registro Central de Delincuentes Sexuales, órgano encargado de emitir el certificado de antecedentes penales específico sobre delitos sexuales obligatorio para cualquier persona que trabaje o pretenda trabajar o realizar cualquier tipo de actividad que conlleve contacto habitual con menores. Estas certificaciones son obligatorias para dichas personas de acuerdo con la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, modificada por Ley 26/2015, de 28 de julio de Protección a la Infancia. Se trata de un mecanismo que facilita la prevención, la investigación y persecución de tales delitos y pretende evitar que quienes sean condenados en sentencia firme puedan realizar actividades o ejercer profesiones u oficios en contacto con menores.

Este certificado es gratuito y puede solicitarse por diferentes canales:
– De forma electrónica a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, para lo que se deberá disponer de un certificado digital de usuario válido (DNI electrónico, FNMT).
– De forma presencial en los registros de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, en el Centro de Atención al Ciudadano de Madrid, en las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno y en los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas y a la de cualquier Administración Local.
– Por correo postal dirigido a cualesquiera de las gerencias territoriales o al Centro de Atención al Ciudadano de Madrid.
– Haciendo constar su número de móvil en la solicitud, el interesado recibirá por SMS un código seguro con el que descargar el certificado cuantas veces necesite desde la sede electrónica del Ministerio de Justicia.

De acuerdo con la legislación vigente, todas las licencias de entrenadores y auxiliares (E, E2, EP, ES, ES2, D, M, PF, ATS/FTP, AY, EM, DS, MS, PFS, ATSS, EMS, MI y MO) deberán acompañar al contrato una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, según establece la Circular 59 de la temporada 15/16 de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF). Sin esta certificación no será validada ninguna de estas licencias.

Autor: Prensa FFCV



 

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